MEDIDAS PROVISIONALES DE RESTRICCIÓN DE ACCESO AL PARQUE NATURAL DEL CAP DE CREUS
1.- Motivación
Las calas rosinques situadas en el Parque Natural de Cap de Creus reciben una fuerte presión durante la época estival, que se ha agravado en los últimos años. Esta presión desmedida no es compatible ni con los objetivos de conservación del espacio natural ni con la seguridad de los usuarios ni con la adecuada experiencia de que debería disfrutar cualquier visitante.
El plan de medidas de restricción temporal del acceso motorizado al parque, impulsado por el ayuntamiento y consensuado con el órgano gestor del Parque Natural, tiene por objetivo este año, atenuar en la medida de lo posible estas afectaciones y se debe enmarcar en una primera fase de actuación de un plan estratégico más ambicioso a medio plazo, que conllevará la implementación de nuevos aparcamientos disuassoris, la gestión inteligente de sus plazas así como un servicio complementario de transporte de los usuarios.
2.- Concreción de las restricciones
El objeto de las restricciones de acceso son sólo los vehículos de 4 ruedas o superiores. El plan, que se concibe adaptativo, no prevé ninguna restricción de acceso por otras vías, como pueden ser en motocicleta, a pie o en bicicleta, y su vigencia será durante el período comprendido entre el 15 de julio y el 31 de agosto, todos los días de la semana, en horario de 10:30 a 16:30 h, cuando sólo podrán acceder al parque los vehículos autorizados y todas aquellas personas que acrediten disponer de una reserva en una actividad del interior del parque o formar parte de los supuestos autorizados. Fuera de este horario, no se ha previsto tampoco ninguna restricción de acceso.
La ubicación de la barrera física y punto de control de acceso se ha establecido paraje llamado mirador de Punta Falconera, que es el lugar donde confluyen las vías de acceso al espacio natural. Los vehículos que acaben llegando a este punto y no cumplan los requisitos de vehículo autorizado para poder acce decir, serán derivados de vuelta hacia el núcleo por el camino de Falconera en sentido de bajada, hasta la urbanización de la Almadraba.
3. - Supuestos autorizados
Mientras dure el horario restringido se prevén los siguientes supuestos de acceso permitido al interior del parque
Autorización de acceso sin declaración responsable:
- Clientes de actividades situadas en el parque. Acreditación de la reserva previa.
- Vehículos de empresas suministradoras y de mantenimientos, servicios de transporte y paquetería, vehículos de administraciones, vehículos de transporte público, otros vehículos con causas justificadas.
Autorización de acceso con declaración responsable (DR):
- Los propietarios de viviendas, de fincas, o de actividades así como sus inquilinos o explotadores y sus trabajadores, deben formalizar una declaración responsable, según modelo normalizado. La DR de propietarios, inquilinos y trabajadores es válida para la temporada. La DR correspondiente a las visitas a viviendas tienen una validez puntual.
- En el caso de inquilinos y visitas a viviendas particulares, habrá que además de la firma de la persona declarante, indicar los datos de la persona titular del inmueble que se visita, pero no es necesaria la firma del propietario.
- En el caso de trabajadores de las actividades presentes en el parque natural, además de la firma de la persona declarante, se deberá indicar los datos de la persona titular de la actividad y el sello de la actividad.
- El documento se puede firmar digitalmente o en papel. En el punto de control se podrá mostrar en papel o una copia digital a través de un teléfono móvil, tableta, ...
4.- Modelo de Declaración Responsable (DR)
5.- Folleto informativo de zonas de aparcamiento y servicios situados en el núcleo urbano
6.- Información turística
Encontrará más información que puede ayudarle a planificar la visita a Roses, en la siguiente dirección: http://ca.visit.roses.cat/descobreix/